A estas alturas ya estamos familiarizados con el uso del poder militar de los Estados imperialistas para atacar, destruir y ocupar países independientes.



 

James Petras, 3 de diciembre de 2024

Traducido por Nadia Hindi

 

Introducción

A estas alturas ya estamos familiarizados con el uso del poder militar de los Estados imperialistas  para atacar, destruir y ocupar países independientes. Una gran cantidad de estudios importantes han documentado cómo los países imperialistas han saqueado y se han apoderado de los recursos de los países ricos en minerales y en productos agrícolas en consorcio con las corporaciones multinacionales. Economistas críticos han aportado abundantes datos sobre el modo en que los acreedores imperialistas han extraído rentas gravosas, regalías y pagos de deuda de países endeudados y de sus contribuyentes, trabajadores, empleados y sectores productivos.

Lo que no se ha examinado adecuadamente es la arquitectura jurídica de gran alcance que informa, justifica y facilita las guerras imperialistas, el latrocinio y el cobro de deudas.

El centralismo de la ley imperialista

Si bien la fuerza y la violencia, especialmente a través de intervenciones militares abiertas y encubiertas, siempre han sido parte esencial de la construcción del imperio, éstas no operan en un vacío legal: las instituciones judiciales, resoluciones y precedentes legales anteceden, acompañan y siguen el proceso de construcción del imperio. La legalidad de la actividad imperial se basa en gran medida en el sistema jurídico del Estado imperialista y de sus expertos jurídicos. Sus teorías jurídicas y opiniones se presentan como superiores al Derecho Internacional y a las leyes de los países objeto de la intervención militar. La ley imperialista reemplaza al Derecho Internacional simplemente porque la ley imperialista está respaldada por la fuerza bruta; posee fuerzas armadas coloniales o imperialistas aéreas, terrestres y navales, que garantizan la supremacía de la ley imperialista. En cambio, el Derecho Internacional carece de un mecanismo de aplicación eficaz. Por otra parte, el Derecho Internacional, en la medida en que éste es efectivo, se aplica únicamente a las potencias más débiles y a los regímenes designados como ‘violadores’ por las potencias imperialistas. Los mismos procesos judiciales, incluido el nombramiento de jueces y fiscales para interpretar el Derecho Internacional, investigar los crímenes internacionales, arrestar, sentenciar y sancionar a las partes ‘culpables’, están bajo la influencia de los poderes imperialistas reinantes. En otras palabras, la aplicación y jurisdicción del Derecho Internacional es selectiva y está sujeta a las limitaciones impuestas por la configuración del poder imperialista y nacional. En el mejor de los casos, el Derecho Internacional puede proporcionar un juicio ‘moral’ no desdeñable para el fortalecimiento de las reivindicaciones políticas de los países, regímenes y personas que soliciten la reparación en relación con los crímenes de la guerra imperialista y el saqueo económico. Para hacer frente a las demandas y juicios relacionados con el Derecho Internacional, especialmente en las áreas relativas a los protocolos de Ginebra como los crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad, los expertos jurídicos imperialistas, académicos y jueces han elaborado un marco legal para justificar o eximir las actividades del estado imperialista.

Los usos de la ley imperialista

A lo largo de la historia la construcción del imperio ha sido el resultado de la conquista a través del uso o la amenaza de una fuerza militar superior. El imperio global de EEUU no es una excepción. Gobernantes sumisos ‘invitan’ o ‘se someten’ a la dominación imperialista. Los actos de traición de los dirigentes ‘marionetas’ o ‘clientes’ suelen precipitar revueltas populares que luego reprimen los ejércitos imperialistas y colaboracionistas conjuntamente. Para justificar su intervención y reprimir las revueltas de los pueblos sometidos recurren a la doctrina jurídica imperialista. Mientras los imperios surgen a través del uso directo o indirecto de una fuerza desmedida, el mantenimiento y la consolidación de los imperios requiere de un marco legal. Las doctrinas jurídicas preceden, acompañan y siguen la expansión y consolidación del imperio por varias razones.

La legalidad es realmente una extensión de la conquista imperialista realizada por otros medios. Un estado de guerra constante aumenta el coste del mantenimiento del imperio. El uso de la fuerza, especialmente en las democracias imperialistas, socava el sentido de la virtud cívica que los gobernantes y los ciudadanos dicen defender. El mantenimiento de la ‘ley y el orden’ en los países conquistados requiere un sistema legal y una doctrina que mantengan el dominio imperialista,  otorguen una fachada de legitimidad para el resto del mundo, atraigan a la clase colaboracionista y a otros individuos y proporcionen la base para el reclutamiento de militares locales, policías y funcionarios judiciales.

Las declaraciones jurídicas imperialistas emitidas directamente, tanto por los órganos ejecutivos, judiciales y militares como por los administrativos, son consideradas como la ‘ley suprema del universo’ superiores al Derecho Internacional y a los protocolos diseñados por las autoridades y expertos jurídicos no imperialistas. Esto no implica que los gobernantes imperialistas descarten completamente el Derecho Internacional: simplemente lo aplican a sus adversarios de forma selectiva, sobre todo contra países independientes y soberanos con el fin de justificar la intervención y la agresión imperialista; de ahí las ‘bases legales’ para el desmantelamiento de Yugoslavia o la invasión de Iraq y el asesinato de sus gobernantes.

Las resoluciones judiciales las emite el poder judicial imperialista para obligar a los Estados a cumplir con las demandas económicas de las corporaciones multinacionales, bancos, acreedores y especuladores, incluso después de que los tribunales locales o nacionales hayan declarado ilegales tales demandas. La ley imperialista protege y proporciona refugio y protección financiera a los ex gobernantes colaboracionistas acusados y condenados por crímenes contra los Derechos Humanos,  por el saqueo de la hacienda pública y la destrucción de las instituciones democráticas. Las instituciones jurídicas y administrativas imperialistas llevan a cabo investigaciones selectivas, procesan e imponen multas severas, e incluso penas de cárcel, a los bancos, particulares e instituciones financieras de los países de sus competidores imperialistas, reforzando de este modo la posición económica de sus propias empresas ‘nacionales’ imperialistas.   

Los funcionarios judiciales no sólo son ‘instrumentos’ de las potencias políticas y economías imperialistas estrechamente relacionadas entre sí, sino que ellos también instrumentalizan y, en algunos casos, reemplazan a los funcionarios de otras áreas de su propio gobierno y de sus sectores económicos imperialistas. Los jueces, vinculados con determinados sectores económicos, pueden fallar a favor de un grupo de acreedores, perjudicando así a otros. En una sentencia reciente, un juez de Nueva York falló a favor de las demandas de unos acreedores minoritarios que reclaman al gobierno argentino el ‘pago total’ de una dilatada deuda nacional, perjudicando el acuerdo ya establecido sobre el pago a los acreedores mayoritarios que negociaron con anterioridad una reestructuración de la deuda.

La doctrina jurídica imperialista ha jugado un papel esencial en la justificación y provisión de la base para el ejercicio del terrorismo internacional. Se ha otorgado a los poderes ejecutivos, como a Bush y a Obama, el poder legal para llevar a cabo asesinatos transnacionales de ‘objetivos’ tales como los de sus oponentes, utilizando drones predatorios y ordenando intervenciones militares en clara violación del Derecho Internacional y de la soberanía nacional. La ley imperialista, por encima de todas las demás, ‘legaliza’ la agresión, el desfalco económico y socava las leyes de los países que constituyen su objetivo, creando la anarquía y el caos entre sus víctimas.  

La ley imperialista y las sentencias judiciales constituyen la base para el sometimiento imperialista basándose en que los sistemas jurídicos del mundo tiene múltiples niveles: los sistemas legales cuyo pilar central es el imperialismo sustituyen a los de los Estados menos poderosos. Dentro de cada nivel hay matices añadidos: competencia de los sistemas legales imperialistas al pronunciarse a favor de sus élites económicas y políticas partidistas; los obedientes clientes imperialistas se ven favorecidos por las leyes imperialistas mientras éstas se aplican en contra de sus adversarios.  

Conclusión

Es evidente que en un sistema imperialista mundial no existen órganos judiciales independientes que respeten los códigos legales aceptados universalmente. Cada sector de las autoridades judiciales refleja y promueve activamente políticas que favorecen y extienden sus prerrogativas imperialistas. Existen raras excepciones en las que un juez puede fallar en contra de una política imperialista particular, sin embargo, a largo plazo la ley imperialista guía las opiniones judiciales.

Las doctrinas jurídicas imperialistas y las decisiones judiciales fijan las bases para las guerras imperialistas y el latrocinio económico. Los expertos jurídicos del imperio redefinen los asesinatos, la coacción, la tortura y las detenciones arbitrarias como compatibles con el ‘orden constitucional’, alegando amenazas inminentes y constantes a la seguridad del Estado imperialista.

La ley no es simplemente parte de la superestructura que “refleja” el poder de las instituciones económicas o políticas, sino que también orienta y dirige a las instituciones que destinan recursos materiales para la implementación de las doctrinas imperialistas. 

En este sentido, los gobernantes imperialistas no carecen de leyes, tal y como argumentan algunos críticos liberales, sino que actúan de conformidad a la ‘jurisdicción imperialista’ y son fieles a las doctrinas jurídicas de la construcción del imperio. No tiene sentido argumentar que la gran mayoría de los dirigentes imperialistas pisotean las garantías constitucionales y las leyes internacionales. Si un dirigente imperialista sigue un “plan constitucional” que erosiona las prerrogativas imperialistas o, peor aún, si éste aplica el Derecho Internacional para procesar a los que llevan a cabo políticas imperialistas feroces, sería rápidamente condenando por incumplimiento del deber o por conducta inmoral, además de ser destituido o sometido a un juicio político.

 










 
 
 
 
 

 
 
 
 
 

 
 
 
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